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Fajardo, Hidroituango y el 2022

Por: Hugo Lascarro Polo



Recientemente se conoció que la Contraloría General de la República le imputó cargos a Sergio Fajardo por hechos relacionados con irregularidades en la contratación y ejecución del proyecto Hidroituango.


Ante esto, en redes sociales [Twitter] lo han atacado señalándolo de corrupto y también han dicho que así termina su aspiración presidencial por el movimiento político denominado Compromiso Ciudadano.



Frente a esto, hay que recordar la presunción de inocencia que establece el artículo 29 de la constitución nacional, así como que la providencia de imputación de responsabilidad fiscal (artículo 48 de la Ley 610/2000) no determina que sea responsable fiscalmente de lo ocurrido en Hidroituango, puesto que puede suceder que desvirtúe las imputaciones formuladas (artículo 54 de la misma ley).


De suceder que lo declaren fiscalmente responsable (artículo 53 de la misma ley), no sobra recordar que la Corte IDH recientemente estableció que "las sanciones impuestas por la Contraloría pueden tener el efecto de restringir derechos, incumpliendo las condiciones previstas en el artículo 23.2 de la Convención Americana de DD. HH.". Es decir, la restricción de los derechos políticos puede realizarse mediante sentencia proferida por un juez penal. Irónicamente se beneficiaría de una sentencia que resultó a favor de una persona con la que expresó que nunca se uniría para poder lanzarse como candidato presidencial para el 2022.



Así que a todos los que están sacando a Sergio Fajardo de la baraja de candidatos presidenciales lamento informales que de pronto eso no suceda, por cuanto aquellos que se identifican con la ideología de centro querrán que se lance considerando que puede derrotar la polarización existente entre Uribe y Petro, así como que aún no hay sentencia que restrinja sus derechos políticos.

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