Factura electrónica: cómo evitar que cierren su establecimiento comercial
- Acta Diurna
- 25 jun 2024
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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian, ha tomado medidas drásticas en lo que va del año, cerrando un total de 119 establecimientos de comercio debido al incumplimiento en la obligación de facturar electrónicamente.
Esta decisión se enmarca en el estricto cumplimiento de las normativas tributarias vigentes, establecidas en el Estatuto Tributario.
El proceso de cierre de estos establecimientos comienza con visitas de orientación y sensibilización por parte de la Dian, cuyo objetivo es verificar que los comercios estén expidiendo factura electrónica conforme a la ley.
Estas visitas aseguran que los obligados a facturar cumplan con todos los requisitos establecidos, especialmente aquellos cuyos ingresos por ventas superan las 3.500 UVT, equivalentes a aproximadamente $148.442.000 mensuales.
Desde la culminación del proceso de adopción de la factura electrónica en diciembre de 2020, la Dian ha intensificado sus esfuerzos con capacitaciones masivas y visitas de apoyo durante 2023, facilitando herramientas y software gratuitos para facilitar la implementación de la factura electrónica.
Desde el 1o de junio pasado, se estableció que todos los comercios en Colombia, incluyendo tiendas de barrio y restaurantes, así como declarantes del impuesto sobre la renta que no sean grandes contribuyentes, están obligados a realizar la facturación de forma electrónica.
Durante el año pasado, se realizaron más de 50.000 visitas de control, resultando en la formulación de pliegos de cargos en aproximadamente 3.300 casos.
Estos pliegos representan el inicio del proceso sancionatorio, el cual incluye el derecho de los establecimientos a presentar descargos en un plazo de 10 días hábiles.
El procedimiento legal establece que, después de recibir los descargos y evaluar las evidencias, la Dian puede confirmar o desechar los cargos formulados. En casos confirmados, se emite una resolución que sanciona con el cierre del establecimiento por tres días.
Los comercios afectados tienen la oportunidad de interponer un recurso de reposición, el cual debe ser resuelto en un plazo máximo de 10 días hábiles adicionales.
Además, el Estatuto Tributario permite a los establecimientos sancionados optar por el pago de una multa, que varía entre el 5%, 10% o 15% de los ingresos brutos operacionales del mes anterior a la visita de control, como alternativa para evitar el cierre temporal.
La Dian reafirma que todos los procedimientos siguen un riguroso sustento jurídico y probatorio, garantizando el debido proceso y los derechos de defensa de los contribuyentes.
Asimismo, hace un llamado a los ciudadanos para que continúen reportando irregularidades mediante los canales oficiales, contribuyendo así a combatir la evasión fiscal y fortalecer las finanzas públicas destinadas al bienestar de todos los colombianos. AGENCIAS
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