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Empresas de servicios piden a Petro nombrar a miembros de la CREG



El 9 de noviembre de 2023, las entidades representadas en ANDESCO, ACOLGEN, ANDEG, ASOCODIS, NATURGAS y SER COLOMBIA expresan al Señor Presidente de la República, su profunda preocupación por la grave situación institucional que enfrenta el sector energético del país, por cuenta de la inoperancia de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), debido a la falta de expertos comisionados nombrados en propiedad.


Según explicaron, la CREG, que es un cuerpo colegiado conformado por seis expertos comisionados y funcionarios de Gobierno del más alto nivel, como los Ministros de Minas y Energía y Hacienda, el Director del DNP y el Superintendente de Servicios Públicos, desde hace aproximadamente un año viene funcionando a media marcha, con un Comité de Expertos integrado principalmente por funcionarios interinos y sin dedicación exclusiva, y cuyos limitados periodos de actuación, han llevado a varios ciclos de vacancias que han impedido, en más de una ocasión, la integración del quórum exigido para la adopción de decisiones.



Los expertos comisionados son funcionarios que tienen como responsabilidad fundamental analizar el entorno del sector y la información técnica y económica del mercado para la formulación de regulaciones que protejan los intereses de los usuarios finales. "La situación actual es delicada porque sin la actuación de los expertos comisionados no se puede expedir la regulación sectorial indispensable para el adecuado funcionamiento de los mercados de energía eléctrica y gas natural", indicaron en la comunicación.


Además, resaltaron que, de los seis cargos de expertos que la integran, solo uno está provisto, debido a que de los tres últimos encargos que se realizaron, uno se cumplió el 11 de febrero y los dos restantes el 21 de febrero, lo cual, de nuevo, lleva a la imposibilidad de que la CREG pueda adoptar decisiones y, por ende, expedir la regulación sectorial indispensable para el adecuado funcionamiento de los mercados de energía eléctrica y gas natural.


Por ejemplo, mencionaron que respecto al servicio de energía eléctrica, es urgente la pronta solución a los siguientes problemas:


• Terminar de solventar la situación de liquidez de las empresas comercializadores de energía eléctrica.

• Definir el programa de respuesta de la demanda para situaciones de condición crítica como el Fenómeno de El Niño.

• Establecer la regulación de comunidades energéticas, conforme se definió en el Decreto 2236 del Ministerio de Minas y Energía, en línea con el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026.

• Reglamentar los esquemas para viabilizar la entrada de proyectos de Fuentes No Convencionales de Energía Renovable - FNCER definidos en la Resolución de Ministerio de Minas y Energía No 400 42 de 2024. Esto incluye la adopción de medidas urgentes dentro del primer mes posterior a la emisión de dicha resolución, cuyo plazo vence la próxima semana.

• Aprobar los ajustes a los planes de inversión presentados por Operadores de Red – OR.

• La modernización del mercado de energía mayorista (Res. CREG 143 de 2021), la cual habilitaría una mayor entrada de agentes renovables y a su vez, da viabilidad a proyectos de servicios complementarios que seguro traerán mayor competencia.


Y, frente al servicio de gas natural:


• Flexibilizar las reglas de la comercialización de gas para garantizar abastecimiento

• Aprobar las inversiones en infraestructura de transporte solicitadas desde 2022, para garantizar el abastecimiento de gas y la conexión de los mercados Costa e interior.

• Aprobar los siguientes cargos pendientes: o De transporte, solicitudes radicadas desde hace dos años o De distribución, solicitados desde 2020 o De comercialización, para lo cual se requiere iniciar el trámite administrativo mediante circular”


Por lo anterior, los firmantes de la comunicación solicitaron, con toda premura, realice los nombramientos necesarios para completar la conformación de la CREG.



En la comunicación también se solicitó que el Presidente haga la consulta necesaria a las entidades señaladas, a fin de que la designación de los expertos comisionados sea realizada con base en criterios técnicos y especializados, en el entendido de que se requieren profesionales con dedicación exclusiva y el conocimiento especializado requerido, según lo dispuesto en el literal d) del artículo 21 de la Ley 143 de 1994. Además, pidieron que el mandatario disponga los mecanismos administrativos y logísticos necesarios para que los comisionados designados puedan iniciar sus funciones de manera pronta y sin contratiempos, así como que se adelanten las gestiones necesarias para realizar los nombramientos correspondientes.


Finalmente, solicitaron que una vez realizados los nombramientos, se garanticen las condiciones necesarias para que los expertos comisionados puedan ejercer sus funciones de manera autónoma, independiente y sin interferencias externas, y que se informe al Congreso de la República y al público en general sobre el estado actual de la conformación de la CREG y las medidas adoptadas para solucionar esta situación. DATAIFX

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