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Corte Constitucional pide evaluar la cobertura del PAE en Barranquilla



Al resolver una acción de tutela, la Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional les ordenó al Ministerio de Educación y a la Secretaría de Educación de Barranquilla evaluar la cobertura del Programa de Alimentación Escolar (PAE) en adolescentes de la capital del Atlántico.


Todo comenzó con la solicitud de una adolescente que cursa una modalidad educativa flexible en un colegio público de Barranquilla. Ella, a través de su padre, solicitó acceder al Programa de Alimentación Escolar, "pero las autoridades educativas distritales y nacionales se opusieron a que ese programa escolar la atendiera", relató la Corte.


"A pesar de que la situación socioeconómica de la adolescente y su familia no le permitía acceder a alimentos en el colegio, las autoridades educativas argumentaron que la regulación del PAE excluye expresamente la modalidad educativa flexible", explicó el alto tribunal en un comunicado.



Ante el rechazo del PAE, la joven interpuso una tutela que llegó hasta la Corte Constitucional. Al darle trámite, la alta corte encontró que la Secretaría de Educación Distrital de Barranquilla "considera que los y las estudiantes de la metodología flexible por extraedad pueden acceder al PAE a través de los comités de alimentación".


Esos comités son cuerpos colegiados que funcionan de manera particular e independiente en cada institución educativa, y tienen la facultad de incluir en el PAE a estudiantes que, aunque tienen necesidades alimenticias insatisfechas, inicialmente no podrían ser parte del programa.


Sin embargo, "el Ministerio de Educación rechazó esa solución bajo el argumento de que el PAE debe ser entregado de manera presencial y los estudiantes de modalidades flexibles no acuden presencialmente al colegio".


La Corte examinó el contexto actual de los derechos a la educación, la igualdad y la alimentación. En ese sentido, la ponencia de la magistrada Natalia Ángel Cabo indicó que "el país está enfrentando una problemática generalizada de hambre", puesto que "cada vez menos personas logran tener tres comidas al día", algo que se agrava en las cosas caribe y pacífica.


Asimismo, la pandemia "recrudeció esta problemática". "En ese contexto, los niños, niñas y adolescentes enfrentan retos especiales por la falta de alimentos en las cantidades y calidades necesarias. Es por ello que los programas de alimentación escolar son relevantes, pues son una estrategia efectiva para asegurar los derechos a la alimentación y a la educación", dijo la Corte.


Como los adolescentes enfrentan "necesidades especiales" que podrían derivar en deserción escolar si no son bien atendidas, el deber se las instituciones es corregir las barreras que impiden el acceso a condiciones dignas. "Los programas de alimentación escolar son especialmente relevantes para crear condiciones de permanencia de los y las adolescentes en el sistema educativo", destacó el alto tribunal.


"En el caso concreto, la Sala encontró que el Ministerio de Educación y la Secretaría de Educación transgredieron los derechos a la educación y alimentación de la accionante, debido a que se omitió el examen de sus necesidades de alimentación escolar a pesar de que: (i) estaba inscrita en la metodología flexible por extraedad en un colegio en el que operaba el PAE; y (ii) asistía presencialmente al colegio, tal y como lo confirmó la Secretaría de Educación de Barranquilla", concluyó la Corte.



La joven que elevó la tutela actualmente estudia en un colegio privado, por lo que ya no tiene acceso al PAE. No obstante, la Corte aprovechó la oportunidad para establecer medidas preventivas.


La primera fue "instar" a la Secretaría de Educación de Barranquilla y al Ministerio de Educación "para que en el futuro no impidan que los comités de alimentación conozcan los casos de los y las jóvenes en extraedad que desean acceder al PAE bajo el argumento de que la metodología flexible por extraedad es un impedimento legal para acceder a ese programa".


La segunda, para superar las barreras de cobertura del PAE, la Secretaría y el Ministerio deben, en un año, estudiar "cuál es el grado de cobertura de los programas de alimentación escolar respecto de los adolescentes, especialmente aquellos en extraedad, con el fin de evaluar rutas para mejorar su nivel de atención". COLPRENSA

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